ONAC está organizado y opera de forma tal, que salvaguarda la objetividad e imparcialidad de sus actividades, para tal fin identifica y gestiona los riesgos, incluyendo los riesgos para la imparcialidad.
ONAC hace accesibles sus servicios a todos los solicitantes cuyas solicitudes de acreditación se encuentren dentro de las áreas de actividad, definidas con respecto a las normas internacionales y las limitaciones definidas en sus políticas, en el documento R-AC-01 Reglas del Servicio de Acreditación definidas, en el R-AC-1.3-02 Tarifas de los Servicios de Acreditación y en R-AC-1.4-03 Reglamento de uso de los Símbolos de acreditado y/o asociado. El acceso no se condiciona por ser asociado a ONAC, el tamaño del OEC solicitante ni por su participación como miembro en una asociación o grupo determinado, y la acreditación no se condiciona por el número de OEC ya acreditados por ONAC.
Todo el personal y los comités del ONAC que puedan tener influencia en el proceso de acreditación actúan en forma objetiva y están libres de cualquier presión indebida, comercial, financiera y de otra índole, que pueda comprometer su imparcialidad.
ONAC asegura que cada decisión sobre la acreditación es tomada por una o más personas competentes integrantes del Comité de Acreditación y distintos de quienes llevaron a cabo la evaluación.
ONAC no ofrece ni provee servicios que afecten su imparcialidad, tales como:
- aquellos servicios de evaluación de la conformidad que realizan los OEC; o
- la consultoría.
|