Aclaración sobre el sentido de la sentencia del Consejo de Estado del 6 de mayo de 2021, que declara improcedente una acción de cumplimiento en contra de ONAC.
Aclaración sobre el sentido de la sentencia del Consejo de Estado del 6 de mayo de 2021, que declara improcedente una acción de cumplimiento en contra de ONAC.
No vigente
Versión:
Tipo: Circulares y Planes de Transición
Dirigido a: OEC Organismos de Evaluación de la Conformidad,Partes interesadas y público en general.,Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad
El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) informa a los Organismos Evaluadores de la Conformidad (OEC), partes interesadas y al público en general que, en cumplimiento de la normativa vigente sobre la reducción gradual de la jornada laboral en Colombia, a partir del 15 de julio de 2026 se actualizará el horario de atención del Organismo:
Lunes a jueves: 7:30 a. m. – 5:00 p. m. Viernes: 7:30 a. m. – 4:30 p. m.
Agradecemos su comprensión y les invitamos a tener en cuenta este horario para la atención de sus solicitudes.