Emisión de una declaración, basada en una decisión tomada después de la revisión, de que se ha demostrado que se cumplen los requisitos especificados.
« Back to Glossary IndexEl Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC informa que los días 30 y 31 de marzo, y 1 de abril de 2026 no habrá atención presencial ni a través de los canales telefónico, documental y electrónico.
Las evaluaciones programadas se realizarán con normalidad. Asimismo, continuaremos recibiendo documentos y solicitudes por medio de nuestros canales virtuales habilitados, incluida la plataforma SIPSO y el correo institucional onac@onac.org.co.
Durante estas fechas no se suspenden términos