Preguntas frecuentes

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

RTA: Es obligatorio registrar esta información en el caso que el OEC realice la subcontración de alguna actividad de su proceso de acuerdo con lo indicado en la norma del esquema de acreditación para el cual está aplicando.

Esta información se detalla en el anexo de creación de solicitud de cada esquema de acreditación, dispuestos en el micrositio de SIPSO https://site.onac.org.co/sipso/

Confirmar estado de la acreditación

Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación: 

Teniendo en cuenta que el pasado 2 de abril de 2024 el reglamento técnico de instalaciones eléctricas RETIE fue actualizado, al igual que los OEC, ONAC se encuentra analizando las acciones necesarias para incluir esta versión del reglamento en los alcances de acreditación de los OEC interesados.

Es así, que una vez hayamos definido el plan y ajustado nuestros documentos del sistema de gestión, les informaremos a través de una nota técnica o documento equivalente el paso a paso para recibir sus solicitudes en los diferentes esquemas de acreditación relacionados.

Recuerda que:
ONAC se alinea estrictamente a las disposiciones emitidas por el regulador.

Este es el conducto que siempre seguimos desde nuestro organismo para atender este tipo de actualizaciones

¡Juntos, trabajando con excelencia para crear una experiencia excepcional!