Contáctenos
En ONAC estamos comprometidos con generar una grata experiencia de servicio para nuestros públicos de interés, a través de un relacionamiento efectivo. Para hacer uso del formulario que encontrará a continuación, por favor tenga en cuenta la siguiente información:
*Si Usted es un Organismo de Evaluación De La Conformidad (OEC) acreditado por ONAC o se encuentra en un proceso de acreditación y tiene alguna duda, para asegurar una gestión más rápida y eficaz de su consulta le sugerimos enviar su consulta a la coordinación sectorial correspondiente al esquema en el que se encuentra acreditado su organismo.
*Si se encuentra en búsqueda de un OEC acreditado, le invitamos a consultar el Directorio Oficial de Acreditados, en donde podrá hacer uso de de diferentes herramientas que le facilitarán su búsqueda.
*Si su consulta es relativa a un asunto diferente a cualquiera de los dos items anteriores, por favor complete el siguiente formulario y le responderemos a la mayor brevedad posible.
Quejas Sobre ONAC
Uno de nuestros pilares estratégicos es el servicio excepcional, apoyados en dicho pilar buscaremos, mediante el relacionamiento con nuestras partes interesadas, involucrarlas efectivamente y generar valor para ellas. Por ello, hemos dispuesto esta sección, a través de la cual nos podrá comunicar si usted tiene alguna insatisfacción en relación con la prestación de los servicios ofrecidos por ONAC, diligenciando el formulario que encontrará a continuación.
Le invitamos a consultar nuestro Procedimiento de Atención de Quejas PR-4.2-01 (Antes PR-4.4-01) V9 y también el video explicativo de este documento:
Quejas en contra de Organismos Evaluadores de la Conformidad
Todos los organismos acreditados deben disponer de un sistema de gestión de reclamaciones no solo de sus clientes, sino de cualquier otra parte interesada (clientes de sus clientes, usuarios de los certificados, etc.). Este sistema, que es verificado por ONAC en sus evaluaciones, les permite responder adecuadamente ante posibles errores, favoreciendo así la resolución de los posibles conflictos y contribuyendo a la mejora continua de los servicios prestados por cada organismo.
Por ello, en caso de tener una queja sobre la actuación de un organismo acreditado, antes de dirigirse a ONAC, debe dirigirla directamente al organismo, solicitando que sea atendida de acuerdo a su sistema de gestión de reclamaciones.
Hasta que dicho trámite no haya sido agotado, ONAC no podría entender que el organismo acreditado ha incumplido con los requisitos de acreditación, ya que no se le habría dado la posibilidad de atender y resolver la reclamación o de rectificar en su caso. Sin embargo, si una vez hecha la reclamación, usted entiende que no ha sido gestionada satisfactoriamente o su respuesta no es aceptable, puede presentar una solicitud a ONAC diligenciando el formulario que encontrará al final de esta sección.
Antes de diligenciar el formulario lo invitamos a consultar nuestro Procedimiento de Atención de Quejas PR-4.2-01 (Antes PR-4.4-01) V9 también el video explicativo de este documento a continuación, así como leer cuidadosamente la información que encontrará pulsando sobre las pestañas sobre el formulario:
La acreditación concedida por ONAC es una declaración de que el organismo acreditado ha demostrado que cumple con los requisitos de acreditación establecidos en normas internacionales y que es técnicamente capaz de realizar de manera solvente las actividades incluidas en su alcance de acreditación. La acreditación de ONAC no implica en ningún caso la aceptación, validación o ratificación por parte de esta corporación de los resultados emitidos por un organismo acreditado y tampoco exime a éste de su responsabilidad en caso de resultados incorrectos o no idóneos.
ONAC no tiene función arbitral o dirimente en relación con las controversias técnicas o de cualquier otro tipo, que pudiesen suscitarse entre las organizaciones acreditadas y aquellos a quienes éstas presten sus servicios o terceros interesados. Su labor de control se limita, de acuerdo a la ley, a la comprobación de que los organismos acreditados siguen cumpliendo los requisitos que sirvieron de base para la acreditación.
ONAC investigará las reclamaciones que reciba sobre las actuaciones de las organizaciones acreditadas siempre que estas se refieran a informes/certificados que incluyan el Símbolo de Acreditado ONAC o referencia a dicha condición. Las decisiones que tome ONAC como consecuencia de tales investigaciones se limitan a las establecidas en sus procedimientos y en la ley y se toman siempre sobre la base de un incumplimiento demostrado de los requisitos de acreditación. Es importante tener en cuenta que ONAC no tiene capacidad alguna de modificar o hacer modificar el resultado de informes/certificados emitidos por los organismos acreditados.
Los requisitos para la radicación y tramite de una queja son:
- Que la queja haya sido interpuesta inicialmente ante el OEC acreditado.
- Si una vez hecha la reclamación a la entidad, el cliente entiende que no ha sido gestionada adecuadamente o su respuesta no fue aceptable deberá adjuntar la reclamación presentada y la respuesta de la entidad.
- En caso que la queja no se radique con los soportes que demuestren que ha sido interpuesta ante el OEC, ONAC dará traslado de la misma al OEC Involucrado, con el fin de asegurar que el Organismo de tratamiento en primera instancia a la queja según sus procedimientos.
- ONAC considerará no dar traslado de la queja al OEC, en los casos en donde por ejemplo; se manifieste posibles comportamientos fraudulentos, falsificación de información o violación deliberada de los requisitos de acreditación o en los casos en que se afecte al denunciante o pueda poner en riesgo la imparcialidad para el tratamiento de la queja.
- Los nombres y apellidos completos del solicitante (cuando se trate de persona natural), representante legal o apoderado (en caso de que sea una empresa la que se comunique), con indicación de los documentos de identidad correspondientes.
- Dirección de notificación, teléfono de contacto y correo electrónico.
- Identificación de la Organización acreditada contra la que se reclama o del funcionario o área de ONAC (según sea el caso).
- Razones de la reclamación: En el caso de que la reclamación esté relacionada con un informe/certificado se requiere adjuntar copia del mismo. Toda la información que sustancie una reclamación debería ser tal que su contenido se pueda verificar por fuentes diferentes a quien presenta la reclamación.
ONAC únicamente tramitará las quejas que cumplan con la totalidad de los requisitos anteriormente mencionados. En los casos que la queja radicada no cumpla con los requisitos establecidos, se solicitará al cliente la información requerida para dar trámite a su queja con un plazo de 3 días hábiles para completar la información y dar trámite a su solicitud, si vencido este término, no se ha aportado la información requerida, se dará por entendido que ha desistido de la queja y se dará por concluido el trámite de la misma.
En los casos en los que la queja provenga de un anónimo o no se tenga los datos de contacto del cliente, ONAC no podrá comunicarle el acuse de recibo, los informes de progreso y aviso de finalización, no obstante dará tratamiento a la queja anónima recibida en los casos que considere necesario.
Apelaciones
Apelación es toda solicitud, presentada por un OEC acreditado o en proceso de acreditación, para reconsiderar cualquier decisión adversa tomada por ONAC en relación a su estado de acreditación. El presente procedimiento establece las actividades y responsabilidades en la recepción, trámite y decisión de las apelaciones interpuestas para oponerse a decisiones tomadas por ONAC como organismo de acreditación.
Consulta Pública de Documentos
En esta sección se podrán consultar los documentos generados por ONAC y los documentos internacionales, en consulta pública. Para participar y ver los documentos disponibles, pulsa sobre cada una de las pestañas que se presentan a continuación:
ENCUESTA
PARTICIPA EN LA ENCUESTA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE DESARROLLO DE NUEVOS SERVICIOS DE ACREDITACIÓN ONAC
Política de tratamientos de datos personales
El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia –ONAC-, en cumplimiento de los mandatos legales, establece la presente política en procura de garantizar el derecho constitucional que tienen todas las personas a la protección de la intimidad personal y familiar, estableciendo instrumentos y controles efectivos con el fin de dar un tratamiento adecuado a la información personal que ONAC haya recogido en el desarrollo de sus actividades.