Preguntas frecuentes

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

RTA: Es obligatorio registrar esta información en el caso que el OEC realice la subcontración de alguna actividad de su proceso de acuerdo con lo indicado en la norma del esquema de acreditación para el cual está aplicando.

Esta información se detalla en el anexo de creación de solicitud de cada esquema de acreditación, dispuestos en el micrositio de SIPSO https://site.onac.org.co/sipso/

Confirmar estado de la acreditación

Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación: 

⚠️ Circular Externa N° 03-2026

El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC informa que los días 30 y 31 de marzo, y 1 de abril de 2026 no habrá atención presencial ni a través de los canales telefónico, documental y electrónico.

Las evaluaciones programadas se realizarán con normalidad. Asimismo, continuaremos recibiendo documentos y solicitudes por medio de nuestros canales virtuales habilitados, incluida la plataforma SIPSO y el correo institucional onac@onac.org.co.

Durante estas fechas no se suspenden términos