Preguntas frecuentes

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?

RTA: Es obligatorio registrar esta información en el caso que el OEC realice la subcontración de alguna actividad de su proceso de acuerdo con lo indicado en la norma del esquema de acreditación para el cual está aplicando.

Esta información se detalla en el anexo de creación de solicitud de cada esquema de acreditación, dispuestos en el micrositio de SIPSO https://site.onac.org.co/sipso/

Confirmar estado de la acreditación

Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación: 

¡Atención! En cumplimiento de la normativa vigente sobre la disminución de la jornada laboral, a partir del 15 de julio de 2025 se ajustará el horario de atención de la siguiente manera: lunes a jueves de 7:30 a.m. a 5:30 p.m. y viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. Las actividades de evaluación programadas se desarrollarán con normalidad. La recepción de documentos y solicitudes continuará a través de los canales virtuales habilitados, especialmente la plataforma SIPSO y el correo institucional onac@onac.org.co. Por lo tanto, no se suspenden términos.