¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?
¿En la sección 6 de SIPSO “Actividades subcontratadas” es obligatorio registrar información?
RTA: Es obligatorio registrar esta información en el caso que el OEC realice la subcontración de alguna actividad de su proceso de acuerdo con lo indicado en la norma del esquema de acreditación para el cual está aplicando.
Esta información se detalla en el anexo de creación de solicitud de cada esquema de acreditación, dispuestos en el micrositio de SIPSO https://site.onac.org.co/sipso/
Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación:
El código de acreditación contiene la siguiente estructura: AA-NNN-### AA = Año solicitud NNN = Abreviatura del esquema ### = Consecutivo asignado
⚠️ Circular Externa N° 12-2025
Informamos que en los últimos meses se han detectado correos electrónicos que suplantan la identidad de nuestra organización y de sus funcionarios. Estos mensajes no son oficiales ni han sido emitidos por ONAC.
Los invitamos a Consultar el documento completo para conocer las recomendaciones y medidas de prevención.