Organismos Relacionados
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Organismos Relacionados

El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, cuenta con tres clases de asociados: (a) entidades de gobierno, (b) entidades con interés directo en la acreditación y (c) entidades con interés indirecto en la acreditación.  La participación de los asociados en la Asamblea General de Asociados de ONAC y en el Consejo Directivo, no les otorga funciones respecto a la decisión de la acreditación.

La estructura de ONAC y el procedimiento de toma de decisiones sobre la acreditación, adoptados por el Organismo en sus Estatutos, aseguran la equilibrada participación de las partes interesadas y del Gobierno, evitando que se afecte la objetividad, la confidencialidad y la imparcialidad en los procedimientos de acreditación.

Partes interesadas

El Organismo Nacional de Acreditación de Colombia, se creó con la participación de 93 asociados fundadores y a la fecha cuenta con más de 200 asociados, de los cuales el 71% corresponde a representantes de intereses directos, 25% a intereses indirectos y 4% a representantes del gobierno, los cuales participan equilibradamente en el Consejo Directivo y son elegidos por la Asamblea General de Asociados o designados conforme a lo dispuesto en los estatutos.

El Consejo Directivo de ONAC está compuesto por 27 miembros que representan las dos partes interesadas y el Gobierno: 9 miembros del Gobierno Nacional, 9 miembros de organismos de evaluación de la conformidad y/o organismos de carácter gremial o corporativo cuyo objeto principal sea representar intereses de organismos de evaluación de la conformidad (interés directo) y 9 representantes de usuarios de los servicios de los organismos de evaluación de la conformidad y los consumidores (interés indirecto).

Gobierno2: actúa como coordinador del Subsistema Nacional de la Calidad a través de la Dirección de Regulación del Ministerio de Comercio Industria y Turismo, el cual encabeza la Presidencia del Consejo Directivo. Adicionalmente, el MCIT es un asociado fundador del Organismo y tiene 8 curules en el Consejo Directivo (ver parágrafo 1° del artículo 28 de los Estatutos).

Directos1: son organismos usuarios de la acreditación asociados a ONAC, de los cuales 9 tienen participación en el Consejo Directivo, clasificados de acuerdo con su categoría y sub-categoría (ver parágrafo 3° del artículo 28 de los Estatutos).

Indirectos1: organismos asociados que son clientes de los intereses directos, de los cuales 9 tienen participación en el Consejo Directivo (ver parágrafo 4° del artículo 28 de los Estatutos).

Entre los asociados del sector privado están, entre muchos otros, importantes gremios de los sectores de la producción de bienes y servicios e importantes empresas, grupos empresariales y organismos de evaluación de la conformidad -tanto nacionales como transnacionales- que operan en Colombia.  Pulse aquí conocer la composición del Consejo Directivo 2020 – 2022. 

Consulte aquí el Directorio de partes interesadas

  1. Norma ISO/IEC 17011. Nro 3.14 partes interesadas: partes con interés directo o indirecto en la acreditación. 
    Nota: Los intereses directos son los de aquellos que se someten a la acreditación; los intereses indirectos son los de aquellos que usan o confían en los servicios de evaluación de la conformidad.
  2. Como asociados del sector público a nivel nacional, además del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, participan directamente los ministerios de Protección Social, Agricultura y Desarrollo Rural, Transporte, Minas y Energía, Defensa, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

La estructura de ONAC y el procedimiento de toma de decisiones sobre la acreditación, adoptados por ONAC en sus Estatutos, aseguran la objetividad, confidencialidad e imparcialidad e independencia tanto en los procedimientos de acreditación, como en todas las actividades desplegadas por esta corporación, orientado hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos, aceptando recomendaciones tendientes a mejorar el comportamiento de la entidad en relación con los distintos grupos de interés.

Como una de las herramientas para lograr el aseguramiento descrito, ONAC solicita a los miembros de sus órganos de gobierno, que, en caso de existir diferencias en la unanimidad de un voto, quien se aparte de las mayorías debe explicar los argumentos que sustentan su disidencia, mediante una ponencia escrita que se anexará al acta y de lo cual se dejará constancia.

El Código de Buen Gobierno de ONAC, identifica las partes interesadas, así:

Capítulo Primero: Relación con los asociado

ONAC fue constituida por sus fundadores como una corporación, bajo la creación de una persona jurídica reconocida como tal ante la ley, sin fines de lucro, con patrimonio autónomo en donde los asociados son considerados miembros de la corporación.

Dada su creación, los recursos entregados tanto por entidades públicas como por privados, se diluyen en la persona jurídica y, por lo tanto, no existen cuotas partes, cuotas sociales o representación porcentual de sus aportes. En consecuencia, la participación en el fondo social o patrimonio de ONAC se entiende a partir de la facultad de participación y toma de decisión de sus miembros de manera igualitaria, por lo tanto, la cuantía de su aporte, no es directamente proporcional a su capacidad de decisión.
A su vez, los asociados se comprometen frente a este Código de Buen Gobierno a: 1. Comunicar a la Dirección Ejecutiva de la corporación a través de un canal dedicado, para el ejercicio de las atribuciones estatutarias que ostentan, cualquier tipo de información relevante, queja, sugerencia y/o reclamo, con el fin de obtener una respuesta sobre el particular; 2. Informar al Consejo Directivo del ONAC sobre cualquier duda, inquietud, queja o reclamo en relación con el eficaz cumplimiento del Código de Buen Gobierno.

En consecuencia, ONAC se compromete a asegurar un trato equitativo para todos los asociados, sean fundadores, adherentes o honorarios, garantizando el proceso de participación y votación en las asambleas, así como el ejercicio de las atribuciones propias de dicho órgano de dirección, en los términos del Artículo 20 de los Estatutos de ONAC; y el adecuado tratamiento de los potenciales conflictos de interés.

Capítulo Segundo: Relación con los Miembros del Consejo Directivo

ONAC se compromete a facilitar el ejercicio de las atribuciones consagradas en el Artículo 33 de los Estatutos y de todas las obligaciones y funciones previstas en los reglamentos, que se encuentren a cargo tanto del Consejo Directivo, como de sus comités.

ONAC se compromete a mantener relaciones armónicas con los órganos de gobierno y a suministrar la información que legal y estatutariamente éstos requieran, en forma oportuna, completa y veraz para que puedan desempeñar eficazmente su labor. Igualmente se comprometen a mantener informado tanto al Consejo Directivo, como a los comités, las acciones de mejoramiento institucional.

Capítulo Tercero: Relación con trabajadores directos y contratistas profesionales Técnicos: Evaluadores Líderes, Evaluadores Líderes Técnicos, Evaluadores Técnicos, Evaluadores, y Expertos Técnicos

ONAC orienta sus esfuerzos en pro de un clima organizacional adecuado, evaluando objetivamente la gestión de sus colaboradores trabajadores Directos y Contratistas Profesionales Técnicos: Evaluadores Líderes, Evaluadores Líderes Técnicos, Evaluadores Técnicos, Evaluadores y Expertos Técnicos; aunado al impulso de programas que busquen el desarrollo de sus competencias, propendiendo así al desarrollo institucional y de las partes interesadas con las cuales interactúa.

ONAC se compromete a adelantar un procedimiento objetivo, sin discriminación, sin favorecimientos, de forma independiente e imparcial, sin presiones indebidas para la elección de sus colaboradores, y Contratistas Profesionales Técnicos: Evaluadores Líderes, Evaluadores Líderes Técnicos, Evaluadores Técnicos, Evaluadores, y Expertos Técnicos, de acuerdo con el perfil del cargo o rol correspondiente y atendiendo en todo momento las previsiones legales y contractuales en sus relaciones laborales, dando ejemplo, y abriendo diálogos constructivos.

Capítulo Cuarto: Relación con los Foros y la Cooperación Internacional

Desde el Decreto 4738 de 2008, y actualmente en el Decreto 1595 de 2015, a ONAC le asiste la obligación de asegurar su reconocimiento internacional de las acreditaciones otorgadas a los organismos evaluadores de la conformidad a través de la afiliación, participación, evaluación y demás acciones programadas por las instituciones y foros regionales e internacionales relacionados con actividades de acreditación.

El marco regulatorio le otorgó a ONAC la representación y la responsabilidad de llevar la posición del país ante la Comunidad Andina de Naciones y a los foros multilaterales en materia de acreditación, así como su participación en actividades regionales e internaciones relacionadas con dicha actividad, bajo las obligaciones enlistadas en el Artículo 2.2.1.7.7.6. del Decreto 1595 de 2015, entre las que se destaca la del numeral 8:

Obtener y mantener su reconocimiento internacional a través de la evaluación de sus actividades por parte de pares internacionales y de la afiliación y participación en las actividades programadas por las instituciones y actividades regionales e internacionales relacionadas con la acreditación

En consecuencia, ONAC al suscribir los acuerdos de reconocimiento multilateral (MLA/MRA), persigue la equivalencia de operación de los esquemas de acreditación, para que éstos sean reconocidos por otros organismos de acreditación firmantes y a través de ellos, por las infraestructuras de la calidad de los países, trabajando en eliminar las barreras técnicas al comercio, para que, en los mercados extranjeros, se acepten los resultados de evaluación de la conformidad emitidos en Colombia.

En tal sentido, ONAC se compromete a mantener y suscribir los acuerdos de reconocimiento internacional con las cooperaciones regionales y mundiales de acreditación, en los alcances que faciliten el comercio nacional e internacional, se proporcionen lineamientos para   la armonización y la aplicación coherente de normas internacionales consensuadas, para las actividades de evaluación de la conformidad y los esquemas de evaluación de la conformidad con el fin de beneficiar la vida, la salud pública, la seguridad, el bienestar y apoyar a los reguladores y usuarios finales.

ONAC se compromete a honrar en todo momento, las obligaciones que adquiere como miembro signatario de acuerdos de reconocimiento, velar porque la cooperación crezca y se fortalezca y propenderá por la participación de las partes interesadas en la acreditación, mediante la participación en foros, conferencias, reuniones, grupos de trabajo y jornadas académicas donde se intercambie información relativa a la acreditación y su reconocimiento. 

ONAC se compromete a pertenecer a los MLA o MRA y a trabajar para el fortalecimiento de los principios de acreditación establecidos por los foros y cooperaciones regionales y mundiales de acreditación de donde sea miembro.

Capítulo Quinto: Relación con los Organismos Evaluadores de la Conformidad -OEC

Atendiendo a la actividad de acreditación, ONAC se compromete a cumplir y mantener los requisitos previstos en la norma ISO/IEC 17011 que le son propios como Organismo de Acreditación, además de las obligaciones y deberes derivados tanto del Contrato de uso y Otorgamiento del Certificado de Acreditación, como de las Reglas del Servicio de Acreditación y procedimientos que le competan, en la búsqueda de la satisfacción de los clientes  y en el cumplimiento de la promesa de valor,  volcada a satisfacer las necesidades y expectativas razonables a partir de la prestación de un servicio eficaz, apoyado de un equipo humano competente,  comprometido y mejorando continuamente los procesos.

ONAC se compromete a no incurrir en prácticas contrarias a la libre competencia, al abuso de posición dominante, a ejercer presión indebida o a desarrollar sus actividades mediante engaño. ONAC se compromete a desarrollar prácticas tendientes a prevenir o corregir tratos discriminatorios, incluyendo para el efecto y entre otros, una política tarifaria, una definición de tiempos de evaluación y asignación de equipos de evaluación que haga eco de dicha promesa de valor , la cual se informa al público y cuyos procedimientos serán objeto de control en las auditorías internas anuales que adelanta la corporación.

Por lo tanto, ONAC se compromete a actuar en el marco contractual, legal y reglamentario que le competa, en pro de mantener la confianza en las actividades desplegadas por los organismos evaluadores de la conformidad, que se encuentren acreditados, atendiendo con diligencia el cumplimiento de los indicadores de gestión, habilitando canales de comunicación, atención y toma de decisiones prontas y eficaces, respetando las diferencias.

Capítulo Sexto: Relación con Autoridades de Control

ONAC propenderá por el cumplimiento de todas las normas que regulan la prestación de sus servicios, brindando información suficiente, integral y oportuna a las autoridades nacionales de acuerdo con sus competencias y con su naturaleza jurídica.

Capítulo Séptimo: Relación con el Gobierno Nacional

ONAC se compromete a colaborar armónicamente con los órganos administrativos, fiscales y políticos, desarrollando su actividad en sincronía con el Subsistema Nacional de Calidad -SICAL-, así como a participar en los informes de análisis de impacto normativo y en los comentarios pertinentes frente a los reglamentos técnicos y, en general, frente a las disposiciones que elaboran las entidades competentes, en los que éstas involucren al organismo.

ONAC está comprometido con el cumplimiento permanente de las previsiones gubernamentales, reglamentarias y regulatorias que le competan.

Capítulo Octavo: Relación con los Clientes, y Terceros Interesados

ONAC se compromete a adoptar todas las garantías que sean necesarias para que los clientes externos presenten sus sugerencias, quejas, felicitaciones y reclamos, a través de www.onac.org.co y de los canales y medios de comunicación definidos para tal fin. La información recibida servirá como insumo para la solución oportuna y satisfactoria a las inquietudes del cliente y para hacer análisis que permitan el mejoramiento continuo de los procesos de ONAC.

Suministro de información a terceros interesados: ONAC propenderá por la existencia de mecanismos, incluyendo los medios y canales de comunicación necesarios, que aseguren a los terceros, el acceso a la información pública de la entidad, y al estado de la acreditación actualizando y poniendo a disposición del público la información correspondiente a los organismos acreditados en Colombia, respetando siempre la legislación vigente sobre el derecho de Habeas Data.

Capítulo Noveno: Relación con los Proveedores

ONAC se compromete a elegir a sus contratistas y proveedores de manera objetiva y transparente, para lo cual aplicará su Manual de Contratación, documento MA-5.2-01, que define ydocumenta las actividades que deben cumplirse al interior de la corporación para efectos de adelantar los procesos contractuales, en la adquisición de los bienes y servicios que le permitan el cumplimiento del objeto para el cual fue creado.

Por lo anterior, ONAC observa las disposiciones legales con diligencia, exactitud y prontitud. Igualmente vela, porque la información sobre las condiciones de sus invitaciones a ofertar se publique en su página web de manera oportuna, clara y a que las decisiones para adjudicar los contratos se tomen sin ningún tipo de sesgos o preferencias, sino con base en el análisis y selección objetiva de las propuestas presentadas.

Capítulo Décimo: Relación con la Comunidad

ONAC se compromete a que su actividad se encuentre enmarcada en su objeto y deberes, a que esté alineada con sus objetivos estratégicos, acatando las regulaciones y el marco normativo que le competen. Las acciones dirigidas hacia los grupos de interés estarán orientadas al cumplimiento de la promesa de valor de ONAC, reflejado en el posicionamiento de la actividad acreditadora en Colombia y en el mundo, en favor de los usuarios y consumidores.”

Confirmar estado de la acreditación

Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación: 

Antes de Acreditarse

Es importante que antes de aplicar al proceso de acreditación, el solicitante conozca los requisitos y documentos que debe tener en cuenta en cada una de las etapas.

Criterios de Evaluación

Documentos adicionales o complementarios de la norma de acreditación, para algunos alcances específicos, que el solicitante debe cumplir y son objeto de evaluación por parte de ONAC para determinar su competencia como Organismo Evaluador de la conformidad.

Conoce las reglas y los requisitos para acreditarte como Productor de Materiales de Referencia:

CEA-3.0-04

POLÍTICA PARA LA PARTICIPACIÓN EN ENSAYOS DE APTITUD O COMPARACIONES INTERLABORATORIOS DISTINTAS A ENSAYOS DE APTITUD

Versión: 4
Tipo: Criterios Específicos de Acreditación
Dirigido a: Criterios de Evaluación, Productores de Materiales de Referencia (PMR), Laboratorios Médicos o Clínicos (LCL), OEC Organismos de Evaluación de la Conformidad, Laboratorios de Ensayo (LAB), Laboratorios de Calibración (LAC), Proveedores de ensayo de Aptitud (PEA), Profesionales Técnicos, Partes interesadas y público en general.
CEA-3.0-02

CRITERIOS ESPECÍFICOS DE ACREDITACIÓN – TRAZABILIDAD METROLÓGICA

Versión: 07
Tipo: Criterios Específicos de Acreditación
Dirigido a: Laboratorios Médicos o Clínicos (LCL), Productores de Materiales de Referencia (PMR), Criterios de Evaluación, Laboratorios de Ensayo (LAB), Laboratorios de Calibración (LAC), Proveedores de ensayo de Aptitud (PEA), Organismos de Certificación de Productos (CPR), Organismos de Certificación de Personas (OCP), Organismos de inspección (OIN), Centros de Diagnóstico Automotor​ (CDA), Centros de Reconocimiento de Conductores (CRC)

Criterios de Acreditación

Requisitos que debe cumplir el solicitante que desea acreditarse de acuerdo con el esquema de evaluación de la conformidad y que son objeto de evaluación para determinar la competencia del organismo. ejemplo ISO 17034 requisitos para Productores de materiales de referencia.

  • ISO 17034 “Requisitos generales para la competencia de los Productores de Materiales de Referencia”

Documentos Relacionados

  • ISO/IEC 17025 «Evaluación de la conformidad. Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y de calibración»
  • ISO Guide 30:2015 «Reference materials — Selected terms and definitions»
  • ISO 33401:2024 «Reference materials — Contents of certificates, labels and accompanying documentation»
  • ISO 33405:2024 «Reference materials — Approaches for characterization and assessment of homogeneity and stability»
  • ISO 33406:2024 «Approaches for the production of reference materials with qualitative properties»

Documentos ILAC

Los documentos ILAC suministran información que puede apoyar la implementación de los requisitos establecidos en la norma ISO 17034. Los documentos R (Reglas) y P (Políticas) de ILAC contienen requisitos mandatorios para los OEC que buscan la acreditación con ONAC. Los documentos G (guías) son de carácter informativo, aunque una vez son acogidas por los OEC, se tornan obligatorias.

  • ILAC P8 ILAC Mutual Recognition Arrangement (Arrangement): Supplementary Requirements for the Use of Accreditation Symbols and for Claims of Accreditation Status by Accredited Conformity Assessment Bodies
  • ILAC P9 ILAC Policy for Proficiency Testing and/or Interlaboratory comparisons other than Proficiency Testing
  • ILAC P10 ILAC Policy on Metrological Traceability of Measurement Results
  • ILAC G24 Guidelines for the determination of recalibration intervals of measuring equipment
  • ILAC R7 Rules for the Use of the ILAC MRA Mark

Instructivos y Procedimientos

PR-4.2-01

PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN DE QUEJAS

Versión: 10
Tipo: Procedimientos
Dirigido a: Partes interesadas y público en general., Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad
PR-1.2-06

PROCEDIMIENTO PARA EL TRATAMIENTO DE COMPORTAMIENTOS FRAUDULENTOS

Versión: 02
Tipo: Procedimientos
Dirigido a: Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad
PR-3.0-03

PROCEDIMIENTO PARA TRATAMIENTO DE APELACIONES v4

Versión: 04
Tipo: Procedimientos
Dirigido a: Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad

Documentos Generales

Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.

RAC-3.0-03

Reglamento de uso de los símbolos de Acreditado y/o Asociado.

Marcas ONAC: Logo y Símbolos de Asociado y Acreditado
Marcas ONAC: Logo y Símbolos de Asociado y Acreditado
Uso del Símbolo de Acreditado ONAC
Uso del Símbolo de Acreditado ONAC
Algunos conceptos para el uso del Símbolo de Acreditado ONAC
Algunos conceptos para el uso del Símbolo de Acreditado ONAC
Algunas restricciones para usar el Símbolo de Acreditado ONAC
Algunas restricciones para usar el Símbolo de Acreditado ONAC
Uso de la marca combinada IAF con el Símbolo de Acreditado ONAC
Uso de la marca combinada IAF con el Símbolo de Acreditado ONAC
Uso de la marca combinada ILAC con el símbolo de acreditado ONAC
Uso de la marca combinada ILAC con el símbolo de acreditado ONAC
Versión: 10
Tipo: Reglas de Acreditación
Dirigido a: Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad, ONAC, Proceso de acreditación
RAC-3.0-01

Reglas del Servicio de Acreditación

Vigente a partir de: 2025-01-10
Vigente
Versión: 12
Tipo: Reglas de Acreditación
Dirigido a: Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad, ONAC, Proceso de acreditación
RAC-3.0-02

Tarifas de los Servicios de Acreditación

Vigente
Versión: 17
Tipo: Reglas de Acreditación
Dirigido a: Todos los organismos de Evaluación de la Conformidad, MIT, ONAC, Proceso de acreditación
INS-4.2-01

INSTRUCTIVO PARA LA SOLICITUD DEL USO DE LOS LOGOS DE LAS COOPERACIONES INTERNACIONALES 

Versión: 01
Tipo: Instructivo, Reglas de Acreditación
Dirigido a: Laboratorios Médicos o Clínicos (LCL), Laboratorios de Ensayo (LAB), Laboratorios de Calibración (LAC), Proveedores de ensayo de Aptitud (PEA), Organismos de Certificación de Productos (CPR), Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión (CSG)