Documentos

NTE-3.3-89 V1

Actualización de acreditación de actividades de inspección de instalaciones de iluminación y alumbrado público en el marco de la Resolución No. 40150 del 3 de mayo de 2024 «Por la cual se modifica el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público – RETILAP» (RETILAP 2024) y su modificación por medio de la Resolución No. 40318 del 9 de julio de 2025 «Por la cual se modifican las disposiciones transitorias establecidas en el artículo 3 de la Resolución 40150 de 2024, “Por la cual se modificó el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público — RETILAP»

Actualización de acreditación de actividades de inspección de instalaciones de iluminación y alumbrado público en el marco de la Resolución No. 40150 del 3 de mayo de 2024 «Por la cual se modifica el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público – RETILAP» (RETILAP 2024) y su modificación por medio de la Resolución No. 40318 del 9 de julio de 2025 «Por la cual se modifican las disposiciones transitorias establecidas en el artículo 3 de la Resolución 40150 de 2024, “Por la cual se modificó el Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público — RETILAP»

Versión: 01
Vigencia a partir de: 2025-07-24
Hasta: 2025-07-30
Tipo: Consulta Pública de Documentos, Documentos generados por ONAC
Dirigido a: OEC Organismos de Evaluación de la Conformidad, Asociado, Profesionales Técnicos, Organismos de inspección (OIN)

Confirmar estado de la acreditación

Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación: 

¡Atención! En cumplimiento de la normativa vigente sobre la disminución de la jornada laboral, a partir del 15 de julio de 2025 se ajustará el horario de atención de la siguiente manera: lunes a jueves de 7:30 a.m. a 5:30 p.m. y viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m. Las actividades de evaluación programadas se desarrollarán con normalidad. La recepción de documentos y solicitudes continuará a través de los canales virtuales habilitados, especialmente la plataforma SIPSO y el correo institucional onac@onac.org.co. Por lo tanto, no se suspenden términos.