Ingeniera Industrial Universidad Católica de Colombia
Magistra en Estrategia, Innovación y Competitividad de la Pontificia Universidad Javeriana
Especialista en Salud Ocupacional Universidad Javeriana
Experta en gestión de calidad, riesgos y responsabilidad social empresarial y en organismos de inspección acreditados bajo ISO/IEC 17020.
Formadora interna a nivel organizacional en sistemas de gestión integral y de la norma ISO/IEC 17020. Auditora de primera y segunda parte en ISO/IEC 17020, Sistemas de Gestión Integral ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001.
Vinculada a ONAC desde 2017 como Coordinadora Sectorial de Organismos de Inspección y Organismos Autorizados de Verificación Metrológica
El Gobierno Nacional estableció una serie de Leyes y Decretos orientados a describir las características y requerimientos de las entidades de certificación, con el propósito de establecer el desarrollo de sus actividades en relación con las firmas electrónicas o digitales de las personas naturales o jurídicas, ofrecer o facilitar los servicios orientados a la transmisión y recepción de mensajes de datos, así como para cumplir con las demás funciones relativas a las comunicaciones basadas en firmas digitales.
Podrán optar por la acreditación en el programa de Entidades de Certificación Digital, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del decreto 333 de 2014 y el Art. 160,161 y 162 del Decreto Ley 0019 de 2012, establecen que los criterios especificación de acreditación CEA vigente es aplicable a:
El Artículo 11 del Decreto 333 de 2014. Infraestructura y recursos, establece: “En desarrollo de lo previsto en el literal b) del artículo 29 de la Ley 527 de 1999, la entidad de certificación deberá contar con un equipo de personas, una infraestructura física, tecnológica y unos procedimientos y sistemas de seguridad, tales que: 1. Puedan generar las firmas digitales y electrónicas propias y que, además, les permita prestar todos los servicios para los que soliciten la acreditación”.
Por lo anterior, el alcance de acreditación otorgada por ONAC a las ECD corresponderá a los servicios de certificación digital para los cuales solicite acreditación y demuestre su competencia en el contexto del Criterio Específico de Acreditación CEA vigente en el momento de presentar formalmente su intención de acreditarse.
Conoce toda la información y documentos que requieres en cada paso de la Ruta de Acreditación haciendo clic en el respectivo botón a continuación:
Reglamento de uso de los símbolos de Acreditado y/o Asociado.
CRITERIOS ESPECÍFICOS DE ACREDITACIÓN ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DIGITAL
LISTA DE VERIFICACION ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DIGITAL CEA-3.0-07
INSTRUCTIVO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MENÚ “MIS EVALUACIONES” EN SIPSO
INSTRUCTIVO PARA LA CREACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE SOLICITUDES EN EL SISTEMA SIPSO
ANEXO 4 CREACION DE SOLICITUD ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN DIGITAL ECD, INSTRUCTIVO PARA EL REGISTRO DE USUARIO, CREACIÓN DE SOLICITUD Y ADMINISTRACIÓN DE PAGOS EN EL SISTEMA SIPSO.
En esta sección encuentras las Circulares, Planes de transición y Notas técnicas relacionadas con Entidades de Certificación Digital. Si deseas consultar otros documentos o los relacionados con un esquema de acreditación diferente, puedes realizar la búsqueda aquí.
En este espacio podrán ser consultadas presentaciones de diferentes actividades en las que participa ONAC, así como documentos o memorias compartidas por las Cooperaciones Internacionales de acreditación o por otras organizaciones relacionadas con ONAC.
Aquí encontrarás información de interés respecto a diferentes tópicos relacionados con la participación en Cooperaciones y Foros internacionales de Acreditación, asistencia a eventos y actividades relacionadas con el ejercicio de acreditación, desarrollo y lanzamiento de nuevos servicios y novedades.
× PMR aún no cuentan con reconocimiento internacional
PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y DEL DERECHO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
Documentos adicionales o complementarios de la norma de acreditación, para algunos alcances específicos, que el solicitante debe cumplir y son objeto de evaluación por parte de ONAC para determinar su competencia como Organismo Evaluador de la conformidad.
Requisitos que debe cumplir el solicitante que desea acreditarse de acuerdo con el esquema de evaluación de la conformidad y que son objeto de evaluación para determinar la competencia del organismo. ejemplo ISO/IEC 17020 requisitos para organismos que realizan inspecciones.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
Reglamento de uso de los símbolos de Acreditado y/o Asociado.
Acceder a la opción «Registrese» del sistema SIPSO, en esta opción el sistema genera un usuario y contraseña por una única vez. Este será el medio de interacción con ONAC durante el proceso de acreditación.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
En esta etapa el OEC realiza la solicitud a través de SIPSO y registra la información en cada sección del sistema, la información solicitada en cada sección puede variar dependiendo del esquema de acreditación, es necesario consultar el Anexo de creación de solicitud dispuesto para cada esquema de acreditación.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
ONAC determina la viabilidad del proceso de acreditación, realizando una revisión inicial de la documentación que el OEC envia, para lo cual se deberá tener en cuenta:
Cancelar el valor correspondiente de acuerdo a las tarifas establecidas en el documento Tarifas del Servicio de Acreditación, RAC-3.0-02.
Para los esquemas BPL, OVM y OVV GEI, radicar el formulario junto con la información requerida mediante el correo electronico ONAC@ONAC.ORG.CO o en las oficinas de ONAC, en la Avda. Calle 26 No. 57-83, Torre 8, Oficina 1001 Bogotá D.C., Colombia o por correo electronico.
La información recibida por ONAC en la solicitud y a lo largo de todo el proceso de acreditación, será clasificada como CONFIDENCIAL y recibirá un tratamiento acorde a nuestra Política de Tratamiento de Datos.
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Una vez finalizada la revisión de la solicitud y se ha comunicado al OEC que la información presentada está completa y adecuada, se procede a elaborar la cotización de acuerdo con los tiempos generados en el modelo de cálculo de días de evaluación de cada esquema de acreditación.
Para las evaluaciones de otorgamiento y ampliación una vez se confirma en el sistema SIPSO la creación de la cotización el OEC recibirá automáticamente un correo electrónico de comunicación para que ingrese al sistema y acepte o rechace la cotización.
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En la programación del servicio se informan las fechas de ejecución de la evaluación en sus diferentes etapas, de acuerdo con lo establecido en la cotización.
Con la notificación ONAC informa al OEC los nombres de los integrantes del equipo evaluador , el rol en el que participara cada uno , adjuntando sus hojas de vida , con las que podrá confirmar su perfil y experiencia. El OEC podrá plantear las objeciones que considere pertinentes respecto de los integrantes del equipo evaluador. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con esta etapa.
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
En esta etapa se efectúa la evaluación de la competencia del OEC en el desarrollo de las actividades de evaluación de la conformidad solicitadas en el alcance de la acreditación, incluyendo todas las operaciones del organismo, la competencia del personal, la validez de la metodología de evaluación de la conformidad y los resultados de esta. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con esta etapa.
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Reglamento de uso de los símbolos de Acreditado y/o Asociado.
La decisión sobre otorgar o no la acreditación, es tomada por un Comité de Acreditación competente y distinto de aquellos que han llevado a cabo la evaluación, quienes evalúan y analizan la información generada durante las etapas de evaluación y demás información disponible, para confirmar que se han cumplido o no con los requisitos de acreditación.
En caso en que el OEC no esté de acuerdo con la decisión tomada por el Comité de Acreditación, puede interponer apelaciones justificadas por escrito, la cual será atendida de acuerdo con lo establecido en el Procedimiento para el Tratamiento de Apelaciones. Por último, te invitamos a consultar la documentación relacionada con todos los tipos de decisiones de acreditación .
Aplican para todos los esquemas de acreditación y definen condiciones desde la presentación de la solicitud hasta el mantenimiento y renovación de la acreditación, forman parte de la relación contractual con ONAC.
Si el resultado de tu solicitud es favorable, podrás consultar tu certificado de acreditación en nuestro Directorio Oficial de Acreditados.
Verifica el estado en que se encuentra una acreditación, escribiendo a continuación, el código de acreditación:
El código de acreditación contiene la siguiente estructura:
AA-NNN-###
AA = Año solicitud
NNN = Abreviatura del esquema
### = Consecutivo asignado